Vida en USA
CONSULTORIO MIGRATORIO (¿Qué es la nueva ley PERM?)
La Persona que nos envió esta información no es un abogado y lo hace con motivo de ayudar a sus pares. Esta persona prefiere usar un seudónimo y no su nombre real. Bajo ningún motivo Argentino En USA o Esta Persona van a ser responsables por inexactitudes o por errores en la información vertida. Este material debe ser usado a modo informativo o de “punto de vista” Por favor leer los “Términos y Condiciones de Uso del Sitio”. Muchas Gracias
Program Electronic Review Managment (Programa de Revisión Electrónica)
PERM (Program Electronic Review Management), es un nuevo programa implementado por el Departamento de LABOR que permite realizar el proceso de certificación laboral de manera electrónica.
Según, este nuevo procedimiento se estima que la respuesta por parte del Departamento sea dada en 90 días, después de cumplir con el proceso previo de reclutamiento, por parte del empleador y requiere un comprobante de reclutamiento exhaustivo con el fin de evitar todo tipo de fraudes.
La petición convencional en este momento esta tardando - o esta congelada - por mas de 3 años y medio, aunque el departamento de labor ha reportado que han reducido la cantidad hasta un 60 por ciento.
En mi opinión, si tu petición no fue sometida alrededor del cierre 245i del abril 2001, y si tu estado migratorio actual esta en regla, valdría la pena tratar lo de PERM. De lo contrario, si estas fuera de estado y tampoco tienes el amparo de 245i, será mejor no utilizar la PERM.
Es decir, no ayuda absolutamente a nadie que este fuera de estado inmigratorio. Con respecto a los costos no te podría decir, ya que no pude encontrar la información en la página del Departament of Labor.
http://atlas.doleta.gov/foreign/
Pros y contras
Como dije anteriormente, si no esta la persona en status (legal o bajo algún tipo de amparo) NO se debería aplicar hasta que aparezca otra 245(i) o una amnistía.
El pro es que acelera los tiempos si uno tiene amparo o status, contra es que no ayuda en nada al que esta fuera de status.
Algo que quisiera aclarar sobre la 245(i) que mucha gente desconoce pero cree que es así, la misma NO AMPARA si lo agarra inmigración. El amparo sólo aplica para ajustar status, por petición de un pariente o por el lado laboral. No hace inmune a la persona para una deportación o procedimiento administrativo. Parece que la gente lee AMPARO y cree que todo esta bien, ni siquiera otorga permisos de viaje o permisos de trabajo. Sólo cuando la aplicación de ajuste es aprobada. Creí importante aclarar eso sobre la 245(i).
Juan C.
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| Usuario: Pregunta Un visitante | Ok. Yo tengo una pregunta en cuanto a la ley Perm; una persona que entro legalmente a los Estados Unidos, osea con visa, puede aplicar para un ajuste de estatus?
Te agradeceria que por favor me respondas a esta pregunta.
Muchisimas Gracias
Voy a estar esperando tu respuesta
Carolina A
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| Usuario: Responde El Autor | El tema es que la consulta tiene que aclarar si esta "legalmente" ahora. Entonces hay dos respuestas:
A) Si entro legal y esta fuera de status o comunmente llamado ilegal, no sirve tener un PERM aprobado. No se puede hacer el ajuste.
B) Si entro legal y esta legal, se puede dependiendo de la especialidad, hacer el ajuste a una visa de inmigrante pero igual se tiene que salir del pais de regreso al pais de origen para agarrar la visa de inmigrante.
Aclaracion, el PERM no es un tema de INMIGRACION directamente, es una certificacion LABORAL que depende directamente del departamento de Trabajo (Department of Labor) que permite el USCSIS hacer un ajuste a la persona que califica. Saludos y espero mas preguntas!!!
Juan C.
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| Usuario: Prengunta: | Hola como esta? espero que bien.
Ok yo le envié un e-mail hace unos dos días y siempre recibí su repuesta; muchísimas gracias por responder tan rápido.
Disculpe mi insistencia pero tengo algunas dudas; por qué es que no se puede aplicar para un ajuste de estatus cuando la persona entró con visa (y ya esta fuera de estatus); esto es por una cláusula especial o por qué?; hasta donde yo se una persona que entra con visa puede obtener su residencia mediante un ajuste de estatus pero si entró ilegal no, por eso es que no entiendo por qué no se puede; por favor me gustaría que me aclares específicamente por qué no se puede; una vez mas disculpa mi insistencia pero de esto depende mi futuro y el de mi familia.
Muchísimas Gracias!!!
Que Dios te bendiga Yamila
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| Usuario: Respuesta | R: No hay problema, por eso me ofrecí a hacerlo.
R: Porque hay dos temas, una es la INA o Immigration and Nationality Act (ley de inmigracion) y otra es el CFR Code of Federal Regulation (código de regulaciones federales) que manejan todo el tema de inmigración. Ahora, la ley en su artículo 245 (INA) dice y explica quien puede ajustar su status. Si entraste ilegal, con las leyes actuales, no podes ajustar legalmente dentro de los USA (se podia bajo la 245(i) pero no esta vigente). Si entraste legalmente, con VISA o VISA WAIVER y inspeccionado, caso de la mayoría de los argentinos que viven acá, pero ahora se encuentran fuera de status (se los llama VISA overstay) de la única manera que podes ajustar es casándote con un ciudadano/a o entrar en una categoría que se llama IR immediate relative o pariente inmiediato que son:
a) Esposo/a de ciudadanos americano. b) Padre o Madre de ciudadano americano. c) hijos menores de 21 anos de ciudadano americano o hijos adoptados menores de edad. Solteros
Si tu categoría no es ninguna de esas NO podes ajustar tu status. Ni por trabajo ni por otra razón salvo que vaya a haber una amnistía.
R: Una persona que entro legalmente con VISA o VISA WAIVER y esta en STATUS (no quedo ilegal todavía) puede ajustar status si consigue un sponsor, certificación laboral, etc.
R: La ley es la que maneja estos temas, la ley de inmigración es muy especifica en estos casos y no hay muchas opciones. Espero que la información te ayude y oriente.
PD Ojo con cualquier abogado turro, que te ofrezca resolverte todo, porque no hay soluciones mágicas en la ley, y si se hace algo ilegal y inmigración lo descubre, aunque fuera 20 anos después de vivir acá y ya sos ciudadana, se te puede revocar todo, y deportarte sin lugar a apelación alguna.
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| Usuario: Paula76 | Hola! Mi pregunta es la siguiente:
Me estan patrocinando para obtener un permiso de trabajo. Segun la abogada los papeles ya estan en el Departamento de Labor, desde hace 2 años. Lo unico que estoy esperando es la extension de la 245-I. La ley PERM puede ayudarme a conseguir el contrato de trabajo??? Gracias!!!!!
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| Usuario: Responde el autor | La PERM es solo una certificacion laboral, no ayuda a cambiar en status inmigratorio de ninguna manera si uno se encuentra fuera de status. Si la quiere hacer lo puede hacer pero no se a esta altura si va a haber alguna extension de la 245(i). Suerte.
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| Usuario: MARUFC75 | Mi esposo aplico en el 2001 a la 245 I y hasta ahora no ha recibido nada, solo una carta del correo que le indica que el dept. de trabajo ha recibido su peticion. Mi pregunta es puede ahora aplicar a la ley Perm y le saldria en 3 meses y es cierto que est aley ha salido
Muchas gracias
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| Usuario: glorita | hola , mi esposo aplico por la 245 i en el 2001, aun sigue esperando, mientras tanto yo me hago residente atraves de mi hijo ciudadano, y aplique por mi esposo el anio pasado que se puede esperar de la nueva ley perm?aplica mi esposo para algo?, o tiene que seguir esperando a que alguna ves lo llamen para sus huellas? el es profesor de judo, puedo yo poner un gimnasio y pedirlo a el por intermedio de la ley perm?
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| Usuario: Respuesta a MARUFC75 | ¿En qué mes fue que su esposo aplicó? tenga en cuenta que la última fecha fue 30-04-01. Si fue antes de esa fecha entonces probablemente no ha recibido nada porque la categoría por la cual aplicó (su especialidad o profesión) está todavía a la espera de un cupo para su visa. Puede consultar al depto de trabajo y que le digan cual es la condición de la solicitud de su certificación. No le recomiendo cambiar, una vez encaminada la solicitud, entrar ahora con el PERM. Es solo aconsejable para el que no tiene una solicitud metida. Suerte.
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| Usuario: Respuesta a glorita | Si fue antes del 30/04/01 todo en orden. Si ud. es residente puede pedir a su esposo, pero entiendo que si su esposo entró con la 245(i) esta fuera de status y por ente puede modificar el sponsor sin perder la 245(i) siempre y cuando no haya salido de USA. El tema que el tiempo de espera para esposo de residente es de varios años, es una categoría F2-1 , segunda categoría, también sujeta al cupo inmigratorio. La decisión sería de él, dependiendo del medio puede que tenga menos tiempo de espera. Si cambia la categoría de sponsor sería creo que contra producente, salvo que ud. fuera ciudadana. No utilice el PERM si tiene una solicitud ya con la labor certification actual. Suerte
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| Usuario: glorita | Esto es algo para que todos presten atencion!! y para que nuestros amigos que entienden de leyes lo expliquen mejor que yo. Hay unos inescrupulosos que dicen ser no se de que Iglesia y te prometen regularizar tu cituacion por 3000 dolares. te llevan a Miami, te hacen llenar no se que papeles e immigracion te manda un aviso de que recibieron tu caso. tengan cuidado, porque los truchos estan a la orden del dia. quisiera que un experto explicara mejor todo esto. me entere y quise que todos lo sepan y que no caigan como ya lo hicieron unos cuantos gracias
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| Usuario: Klain25 | Antes q nada felicitaciones por la pagina, en realiad son de gran ayuda para todos. Ahora te cuento mi problema:
El 20 de marzo, un par de semanas antes de que saliera la nueva ley de certificacion laboral (PERM) decidi iniciar los tramites para regularizarme a traves de la certificacion laboral.
La notaria me dijo que NO importaba q estuviera ileagal en el pais, le mostre mi waiver cuya validez era de 3 meses (ahora expirado) y dijo q estaba bien. Me dijo que la nueva ley (PERM) SI implicaba que el inmigrante tenga un status legal, pero que la actual de aquella fecha no.
Me engaño? Porque ya pague un down de 1800 dolares y aun me queda por pagar 2000 mas, pero no se si seguir con el tramite si en verdad no voy a llegar a ninguna parte.
Desde ya muchismas gracias.
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| Usuario: Responde El Autor a Klain25 | Tengan cuidado con estos eventos... sobre todo de mano de gestores/notarios. En los EEUU los notarios no son otra cosa que una persona identificada por el estado donde ejerce para certificar firmas, solo eso. Ahora, si la informacion que nos dio es correcta, NO puede ajustar. Por que? simplemente porque tuvo que tener una aplicacion pendiente antes de Abril del 2001 bajo la seccion 245(i) que en este caso por lo que ud. explica, no aplicaria porque recien ahora esta tratando de regularizar su situacion. Para caer bajo la 245(i) tiene que haber tenido una aplicacion I-130 (familiar) o I-140 (laboral) es proceso para esa fecha. Su caso, por lo que ud. explica es distinto. No aplico por la razon que fuera en esa ventana de tiempo y bajo la ley de inmigracion su unica salida para resolver su situacion inmigratoria es el casamiento (si es soltero) con una ciudadana americana. Unica salida a esta fecha con las leyes actuales. De hecho por lo que usted cuenta ella le dijo que si necesitaba estar legal en el pais, pero que "no importaba", por supuesto a la hora de cobrar no importa mientras ud. pague. A todos los que tratan de hacer tramites serios, serios porque reflejan su futuro en este pais, tengan en cuenta que lo barato, que en este caso tampoco lo es, sale caro. No solo le saco el dinero con una "falsa" promesa de solucion, sino que lo estafo, le recomendaria que se comunicara con la policia de su ciudad o condado y haga la debida denuncia si no recupera su dinero. No le afectaria esto su proceso o tampoco correria peligro de ser deportado por ello. Suerte.
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| Usuario: maria | Hola espero estes bien. Tengo una duda con respecto al cambio de status. Yo entre a este pais legalmente con visa de turista aun estoy legal pero quiero cambiar mi status a residente, pero no se q hacer y yo no quiero regresar a mi pais por q tiene muchos problemas tanto politicos como sociales y economicos, pero tampoco quiero estar en este pais ilegalmente puesto que no me gustaria tener problemas legales. Que podria hacer para cambiar mi estatus sin salir de este pais y sin casarme con un americano. Gracias y espero pronta respuesta.
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| Usuario: Respuesta a Maria | OK, vamos por partes. Por lo que entendi no ha perdido hasta el dia de hoy su "status legal" porque esta todavia con visa de turista. Estan son las siguientes opciones:
A) Mediante una peticion familiar. Esto es a traves de un familiar IR (inmediato) que es esposo/a de un ciudadano/a, hijo/a de ciudadano/a, o padre/madre de un ciudadano, todos estos sin cupo inmigratorio.
B) Mediante una solicitud laboral despues de haber obtenido una certificacion laboral emitida por el Department of Labor (Departamento de Trabajo).
Esas basicamente son las unicas salidas viables para ud. basadas en su explicacion de su situacion inmigratoria. Si desea ampliar simplemente deme mas informacion de cuales son sus planes y le podre decir si son viables sus opciones o no.
Suerte.
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| Usuario: scastro2002 | Llegeue a USA con visa L1 desfortunadamente con los acontecimeintos del 9-11 la empresa que se abrio aqui en USA tuvo problemas financieros y mi renovacion fue denegada en el 2002, mi pregunta es: que posibilidad tengo con la PERM y un empleador que quiera solicitarme.
Que caracteristicas debe tener este empleador.
Estoy conciente que debo esperar la apertura de la 245i mi inquietud adicional es: hago la solicitud PERM ahora "no se que tiempo puede estar vijente la certificacion laboral,,,,o espero a que abran la 245i y depues la hago.///
Hay algun otro camino que se pueda seguir a no ser el anterior??
Gracias por su amable ayuda.
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| Usuario: alejandra | hola.
mi esposo trabaja en estados unidos con pasaporte y contactamos con un abogado y nos dijo que podiamos entrar en esta ley que entro el 28 de marzo para una residencia legal permanente, y las ultimas llamadas que hemos hecho con el abogado nos ha dicho que en el departamento de labor se ha retrasado todo y que hay que esperar.
yo quisiera saber cuanto tiempo mas se pospuso y si en realidad tenemos una esperanza de poder lograr esto.
espero recibir su respuesta, y mas informacion sobre esta ley y el tiempo de espera.
gracias.
adios.
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| Usuario: Respuesta a scastro2002 | Con respecto a la PERM, o la certificacion laboral (la PERM es simplemente el proceso para obtener la certificacion laboral), toda persona que califica puede solicitarla y de hecho obtenerla si el Department of Labor (Departamento de Trabajo) lo considera capacitado. Haga la certificacion laboral lo antes posible por las dudas. Ahora, en su caso esta esperando verdaderamente un "milagro" por no llamarlo a esta altura un imposible. Los mismo acontecimientos que llevaron a su empresa a no funcionar economicamente son los mismos acontecimientos que no re-habilitaron la 245(i). Para el gobierno Federal y esta administracion, consideran la 245(i) o excepcion de ajuste estando en los USA, como una amnistia encubierta o perdon que , en lo personal, creo que forma parte del pasado. No creo que alguien tome la decision politica de re-abrirla. La unica opcion que usted tiene es el matrimonio geniuno con una ciudadana americana, suponiendo ya que no lo aclara, que sea soltero. Lamento no poder darle noticias mas alentadoras
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| Usuario: Respuesta para Alejandra | Alejandra, para poder darle una respuesta clara, tiene que darnos una pregunta clara. Paso a detallarle.
"Mi esposo trabaja en USA con Pasaporte"
Supongo que se referira a VISA de trabajo? pero tiene que ser mas especifica, fijese en el pasaporte de su esposo y digame que tipo de visa es la que tiene y si esta dentro de los terminos y condiciones (si no esta pasado de estadia) de la visa de NO inmigrante.
"Contactamos a un abogado y nos dijo que podiamos entrar en esta ley que entro el 28 de Marzo"
Tiene que ser de nuevo mas especifica mi querida forista. No se a que ley se refiere o si se refiere a la certificacion laboral. Tiene que darnos mas detalles.
Suponiendo que sea la certificaion laboral, no es una ley y tampoco es nueva. Lo que sucede es que se empezo a utilizar un metodo que se llama PERM que es la forma en que se procesa dicha certificacion laboral que no tiene nada que ver con una ley. Tampoco tiene que ver con inmigracion, lo unico que hace la PERM es certificar que una persona puede hacer un trabajo en los USA. Eso es lo que sirve para, si uno esta en status legal con inmigracion, para poder ajustar al estado de residente. Si nos da mas informacion, le daremos mas respuestas.
"El abogado del Diablo".
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| Usuario: Luna | Hola muchas gracias por su ayuda.
Mi esposo tiene una labor certification pendiente bajo la ley 245 I, desde abril del 2001, su caso ya esta en el backlog center de Philadelphia, esta trabajando con una visa H1B que se la renuevan cada año porque ya paso de los seis años. Este año esta teniendo problemas con su sponsor que no se la quiere renovar y le estan ofreciendo un empleo en otro estado.
¿Puede cambiar de sponsor bajo la ley 245 I? Y si es posible ¿Se puede hacer en otro estado?
Muchas gracias por su respuesta
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| Usuario: Respuesta a Luna | Querida forista, su pregunta es interesante!! vamos a ver, la ley 245(i) o ley de ajuste mientras se esta en los EEUU no tiene restricciones con respecto a los sponsors!! por ende uno puede cambiar de sponsor las veces que quiera, lo unico que puede llegar a variar es el tiempo de espera si es que se cambia de categoria en la clase de trabajo, solo eso. El estado donde se aplique no afecta en NADA!! el servicio de Inmigracion es FEDERAL por ende no varian los tiempos de espera de estado a estado y no hay restrcciones. Lo que si le advierto es que tenga cuidado en general porque la famosa ley 245(i) como dije antes es SOLO una posibilidad que se los dio a los inmigrantes ilegales para que hagan un ajuste estando en los EEUU con el pago de una multa de $1000 c/u, pero NO AMPARA CONTRA LA DEPORTACION!! asi que cuidado si se mudan y pasan por un reten de Inmigracion, ellos no aceptaran que ud. tiene una aplicacion laboral pendiente por la 245(i) y seran deporatados. No digo esto para asustarlos sino para que sepan.
Suerte.
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| Usuario: Luna | Muchísimas gracias, otra vez estoy con otra pregunta
Mi esposo nunca ha estado ilegal siempre ha trabajado con visa H1-B pero éste es su noveno año por estar esperando por la Labor Certification, esta teniendo problemas con su sponsor y este lo cambio para otro departamento en la misma compañia, ellos están dejando que su H1-B expire y ahora no sabemos que hacer.
¿Puede mi esposo seguir trabajando en la compañia aunque su visa H1-B se venció ya que por haber metido la solicitud del labor Certification antes de Abril del 2001 esta amparado por la ley 245 (i)?
¿Le pueden dar una nueva extensión de su visa H1-B con otro sponsor, por estar esperando por la Labor Certification?
La visa H-1B se le vence el 12 de Febrero.
Una vez más muchas gracias por su respuesta, y que Dios lo bendiga.
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| Usuario: hectora | hola ingrese a los estados unidos el 14 de julio del 2002,aplique por asilo politico y no me lo concedieron,me dieron withholding of removal,y ya tengo permiso de trabajo.
ahora mi esposa aplico para cocinera con una americana que la quiere ayudar,la pregunta mia es.
es esta buena opcion para conseguir nosotros la residencia permanente
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| Usuario: Brun0 | Saludos senores y gracias anticipadamente por su tiempo y respuesta .... Miren actualmente tengo visa de turista con vigencia (I94) hasta fines de junio del 2006 y me encuentro en el condado de Broward. Aca contacte con una persona residente que tiene su negocio desde el ano 2005 de agencia de viajes, pero que esta expandiendo sus actividades a centro de capacitacion en computacion.
El me contacto (por referencias) y luego de varias conversaciones desea que trabaje para el. Yo le indique como condicion que queria tener un status legal y el esta dispuesto a apoyarme.
Por cierto yo soy Tecnico calificado, es decir cuento con estudios (Graduado) en administracion de finanzas con mas de 2 anos, Anterior a ello curse la carrera de contabilidad (por 5 anos, tengo certificado) pero no aplique al titulo porque cambie de actividad (sistemas). Tengo experiencia laboral (Contabilidad, Administracion y Sistemas) desde el ano 1980. Mi ultimo trabajo en Argentina fue como Gerente desde Set.1996 hasta Nov. 2005.
Encuentro 2 opciones por el cual podria solicitar visa, la primera es el de certificado laboral, pero tengo entendido (corrijame si me equivoco) que si bien el proceso de certificacion puede demorar hasta 4 meses, el siguiente paso (inmigracion) demoraria (por mi situacion de estudios "tecnico calificado") mas de 2 anos, por lo que despues del mes de junio estaria en situacion ilegal, salvo que salga y vuelva a entrar hasta el termino de los 2 anos. Es asi? Hay otra solucion en este caso para poderme quedar sin tener que salir, hasta que salga la residencia?
La otra opcion que he averiguado es la visa de trabajo, que empieza en Abril (segun tengo entendido) y que podria obtener respuesta definitiva para el mes de octubre, para ello podria solicitar despues del mes de junio mi apliacion de visa (I94). Obteniendo al final de todo el proceso una visa de trabajo por 3 anos (renovable por 3 anos mas) para mi y mi familia (la cual esta en Argentina "esposa y 2 hijas (18 y 20 recien cumplidos)
Cual de las dos alternativas (de ser ciertas lo que se) me conviene mas?
Nuevamente gracias por su respuesta
Bruno
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| Usuario: Respuesta a hectora | Bien, vayamos por partes. Uno de los errores mas grandes que comete mucha gente es, por desgracia, aplicar por asilo politico. Lamentablemente guiados por malos consejos o MALOS abogados, se aventuran en algo que al principio parece facil, pero en realidad es DIFICIL! El asilo politico se NIEGA aproximadamente en un 85% de los casos, sea de donde sea el aplicante. Ahora, el otro problema que los "consejeros" o abogados no explican al principio, antes de aplicar, es que una vez denegado y extinguidas todas las instancias de apelacion, la persona es ordenada DEPORTADA. Ud. en este momento tendra un "Stay of Deportation", que es lo que conoceriamos en la Argentina como un amparo, pero eso eventualmente se caera y ud. sera finalmente deportado. Lo peor del caso es que aunque ud. fuera soltero (lo cual no es por sus dichos) y consiguiera una "ciudadana americana", no podria utilizar esta opcion en su caso, dado su pedido de asilo. Una vez pedido el asilo, la ley de inmigracion es clara, no se puede ajustar bajo otro "relief" como se dice aca, o por otra causa, que no sea la del asilo. Entendamos que el asilo es un miedo de MUERTE o TORTURA, y esto, en este mundo moderno y la Argentina actual es harto dificil de probar. Espero que no tome esto como un reto, porque de ninguna forma lo es. Simplemente para que la gente entienda a lo que se enfrentan con una solicitud de asilo. Con respecto a su esposa dos cosas:
a) La certificacion laboral que necesitarian bajo esta categoria es casi imposible de obtener, aunque esta persona ciudadana americana quiera darles una mano.
b) Aunque consiguiese por un milagro de Dios esa certificacion, NO podria ajustar bajo ningun punto de vista, porque se encuentran fuera de status. Se que me dira que esta amparado por el asilo, pero como le explique antes, la ley de inmigracion no acepta NINGUN ajuste fuera del asilo para el aplicante de asilo.
Siento ser el portador de malas noticias.
Suerte.
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| Usuario: wunsche7 | Estoy a dos años de terminar mi segundo periodo con visa H1-B y empiezo a preocuparme por obtener la residencia basada en la certificacion laboral, consulte con tres abogados de inmigracion y los precios por hacer el tramite van de un maximo de $10.000 a un minimo de $ 2.500, despues de leer en internet acerca de este procedimiento me aparecen diversas dudas que espero me ayuden a aclarar. 1.- si o si se debe contratar un abogado o es un tramite que se puede hacer por mano propia?, 2.-cual puede ser la diferencia entre contratar el abogado mas caro o el mas barato?, 3.- Puede la intervencion de un abogado torcer el destino de el resultado final o se trata de un tramite burocratico que cumpliendo al pie de la letra con los requisitos pedidos arriva al mismo resultado?.
Cualquier opinion al respecto me sera de ayuda, les dejo un cordial saludo desde Miami y Muchas gracias.
Guillermo.
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| Usuario: Respuesta a Brun0 | Saludos querido compratiota. Vayamos por partes, ok, ud esta en status legal con visa que se llama B1/B2, turista con visa de no-inmigrante y tiene una oferta de trabajo. Esta en lo cierto, el PERM o la certificacion laboral tiene una demora de 90 a 120 dias. Eso es un cosa, sus certificaciones laborales argentinas pueden ser impresionantes (para mi lo son por su experiencia) pero no tanto asi para el departamento de trabajo. Fijese que los cursos de estudio son distintos en los dos paises y mucho de lo que ud. estudio y tiene como experiencia no necesariamente sirva aqui. Pero puede intentarlo. La parte de inmigracion, esta tambien en lo correcto, es mas dificil, aunque si lo certifican en su rubro es un paso agigantado hacia el status legal. Ahora si dejeme explicarle algo, ud. no solo no debe quedar en situacion "ilegal" porque de esa forma viola las condiciones de su visado no-inmigrante, sino que tampoco PUEDE quedarse ilegal, dado que la ley de inmigracion de 1996, no acepta a ninguna persona que se llama VISA OVERSTAY o gente que se quedo por mas del tiempo autorizado por el Servicio de Inmigracion y Aduanas de los EEUU, ajuste su status aunque tenga un sponsor. La unica categoria que puede ajustar bajo esta situacion el el extranjero que contraiga nupcias con un ciudadano/a, sea hijo o padre de un ciudadano americano. Aclarado este punto, sigo. No tiene forma de quedarse hasta que salga la residencia y el tema de entrar y salir implica un riesgo, ya que si es detectado por un inspector de inmigracion, que sospeche que esta efectuando una tarea remunerativa en este pais, puede negarle la entrada al pais, y peor, puede ejecutar sobre ud. lo que se llama un Expedited Removal o remocion inmediata, que es una deportacion que le quedara por vida y truncara cualquier sueño de inmigrar legalmente a los EEUU.
La visa de trabajo es mas segura, ya que no estaria infringiendo ninguna ley inmgratoria, pero mas dificil de obtener, ya que de hecho ud. esta admitiendo que va a trabajar en los EEUU y si se la niegan, entonces se quedara sin el pan y sin la torta, hablando en criollo. Tenga en cuenta que la ley de inmigracion no permite que ud. tenga DOS tipos de visa al mismo tiempo. Y tambien tenga en cuenta que si se le aprueba la visa de trabajo, que los conyugues e hijos, tendrian una visa de tipo H-4, que es acompañante de la H1B, sin opcion a tomar ningun tipo de trabajo. Con respecto a Abril, no entiendo bien a que se refiere, no hay un mes estipulado para la visa de trabajo y hoy en dia es dificil de obtener.
Su pregunta no tiene respuesta facil y espero haberle aclarado algun punto. Diria que la segunda, con los tiempos que corren, es la mas segura.
Suerte.
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| Usuario: Respuesta a wnusche7 | Mi querido wnusche7/Guillermo. Veamos y como siempre digo, vayamos por partes. El proceso del PERM tarda de 90 a 120 dias pero es un tema engorroso y complicado. Dado que no solo se debe cumplir con el tema de la certificacion laboral (PERM) sino tambien con el proceso posterior de inmigracion. Abogado o no abogado,esa es la cuestion. Como todo en la vida, esa es una decision personal. Uno de 10K o 2.5K es en realidad indistinto, porque los pasos son los mismos y los abogados, en mi humilde opinion, solo buscan el resarcimiento economico que recibiran, gane o no su caso. Pero la ley de inmigracion en este caso es blanca y negra, osea sin muchas vueltas. El abogado podra conocer un paso mas corto que otro, pero en difinitiva el proceso es el mismo. Es tema es que ud. esta corriendo contra reloj. Su visa H1B, NO podra ser extendida nuevamente y si fuera el caso de intentar quedar ilegal aunque sea un dia, su caso sera truncado dado que la ley de inmigracion del 96 no habilita a ajustar su status a una persona fuera de status (ilegal). Se que me dijo que le quedan 2 años, pero puede ser crucial ese tiempo y ahora debe tomar la decision. Si podemos asistirle mas, avisenos. Suerte.
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| Usuario: henry2163 | Tengo SSN, pero si permiso para trabajar, a la vez logre en Oct. /05 registrar una empresa en Orlando luego obtuve la licencia ocupacinal para la empresa en Ene./06; la empresa esta dedicada a la decoracion de interiores y pintura; no tenemos empleados, mi Sra. es la Vicepresidente y yo el Presidente.
Una abogada me dijo que esta empresa puede servir para presentar una oferta seria de trabajo a mi Sra. o inclusive a mi; por lo tanto se puede iniciar un proceso de certificacion laboral. Tenemos visa de turista y se vence en dos meses.
Tengo dos preguntas, es cierto el comentario de la abogada con respecto a la posibilidad de aplicar para el PERT?; y la otra pregunta es, si se incicia un proceso para certificacion laboral, estando con un staus legal y el proceso se demora por cualquier aspecto, que debo hacer para no quedar ilegal en este pais, regresar a mi pais, o solicitar una extension del permiso de permanencia como turista?
Muchas gracias y bendiciones.
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| Usuario: henry2163 | Muy apreciados amigos, la vez pasada que envie mi pregunta sobre mi situacion se me olvido colocar que tengo SSN pero sin, repito sin permiso de trabajo.
Disculpen esta molestia y bendiciones
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| Usuario: Para henry2163 | Buenas amigo forista. Vamos por partes.
No entendi bien si tiene o no tiene SSN. Pero dice que tiene permiso para trabajar??? no entiendo esa parte. Maxime cuando dice que tiene visa de turista. Si tiene uno no puede tener el otro. No son compatibles para inmigracion. Segundo tema. Abogada. Ud. tiene una empresa de decoracion. No tiene empleados. Tambien dice que quiere sacar el PERM (o certificacion laboral). Tambien que la abogada le dijo que su la empresa lo puede pedir. CUIDADO CON TODO LO QUE LE DIJO ESA ABOGADA!!!!! muchas banderas rojas como se dice aca!!!
1) Ud. No puede ni DEBE tener una empresa aca, donde NO tiene empleados con una visa de turista. Eso es ilegal porque en definitiva al ser ud. es el Presidente y su esposa la vice, igual estan trabajando porque no tiene empleados!! eso es una clara violacion a su status de NO-inmigrante(o comunmente llamado visa de turista). El TURISTA no puede ejercer tareas remunerativas.
2). Esa empresa NO PUEDE PEDIRLO A UD. SI UD. es el presidente!! y tampoco a su esposa si es la vice-presidente!! CUIDADO CON ESO!! otra clara violacion, ud. que es el presidente de la empresa y su senora la vice, no pueden ofrecerse trabajo a uds. mismo para pedirse!! eso es un FRAUDE.
3) La certificacion laboral es independiente del pedido, eso si lo puede hacer pero no garantiza nada de inmigracion ya que son departamentos totalmente SEPARADOS.
4) Para no quedar ilegal en el pais debe salir antes de la fecha de vencimiento que tiene su I-94 (carton blanco donde figura fecha de vencimiento de salida) o I-94W (si entro con la waiver, el carton verde con la misma fecha). No hay otra solucion.
Si me aclara algunas de las preguntas que le hice le podre dar una respuesta mas cercana a la realidad. Pero la abogada que consulto suena mas a una mujer que se dedica a enganar a la gente o simplemente una MALA profesional.
Suerte.
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| Usuario: henry2163 | Muchas gracias y disculpen la confusion presentada, pero en todo caso mi respuesta a lo que me interesaba fue recibida. Me gustaria saber si una vez se aplica a una certificacion laboral, se puede esperar en USA, solicitando una extension de la permanencia regsitrada en la I94?; si esto es posible, cuanto tiempo puede tomar la aprobacion de la extension?.
Bendiones y mil gracias
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| Usuario: Respuesta a Henry2163 | Me alegra haber aclarado sus dudas. De nuevo dejeme reiterar que no tiene nada que ver el PERM o certificacion laboral con inmigracion. Ud. puede esperar con la extension de su estadia o I-94, siempre y cuando sea aprobada. Puede tomar 30 dias pero tambien en muchos casos es denegada. Tiene que tener una razon "valida" para solicitarla. Suerte.
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| Usuario: lily06 | un amigo que entro ilegal se acogio a la ley 245 aplico perm con su aplicacion sometio el de su esposa e hijo que entraron con visa de turista la senora dice que ellos deben pagar 1000 dolares cada uno >tengo entendido que los que entran con visa no pagan dicha multa que pasa aqui .o si deben pagar aunque entraron legal su esposa e hijo?
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| Usuario: Respuesta a lily06 | Gracias por vuestra pregunta. El tema es el siguiente y la pregunta es buena. El esposo aplico por la 245(i) y paga multa, si su esposa e hijo aplican bajo el , se convierten en parte de la 245(i), por ende pagan tambien, $1000 c/u. Razon? es sencillo. De otra forma no podrian arreglar su situacion. Por que si entraron legales? porque simplemente se acojen a la condicion que mas les convenga. Por ley digo. Si ella es casada (eso es claro porque sino no podria arreglar con el marido) y el ajusta por la 245(i), ella se convierte en otra persona que ajusta por la 245(i). Es como la ley de ajuste cubano por dar un ejemplo mas claro, un argentino se casa con una cubana que va a arreglar bajo asilo politico, es el argentino asilado cubano? en realidad no, pero para la ley el se acaba de convertir en un cubano, y por ende ajusta y va a tener la clasificacion de asilado cubano en su tarjeta de residente. Espero haber sido claro.
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| Usuario: Neptuno | Hola!!!
Primeramente, quiero felicitarte por que haces un gran trabajo...
Llegue a USA con VISA B1B2 y vivo ilegal desde hace 3 años. Hay una compañia que esta dispuesta a pedirme bajo el concepto de Certificacion Laboral. Por lo que he leido, para ser aceptado bajo este concepto debe estar en ejecucion la famosa 245i, lo que hoy, no va al caso "$%#^&^". Que pasaria si yo volviera a mi pais donde obviamente dejaria de ser ilegal... Crees que seria una opcion o algo asi como la respuesta a muchas de nuestras oraciones?
Gracias.
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| Usuario: Giannina | Hola, espero q este bien, mi pregunta es la siguiente, mi pareja vino para aca hace 11 meses de forma ilegal, tenemos una nena de 2 años, quisieramos saber si es q hay alguna manera de obtener un tipo de permiso de trabajo y/o residencia permanente. Aun no estamos casados(para aclarar la situacion).
Ante todo muchas gracias por este espacio q nos ayuda ante nuestras dudas sobre estos temas. Q Dios lo bendiga.
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| Usuario: Pedro | hola que tal?vine con visa H1B en abril del 2003.En abril 2004 meti mi certificacion laboral,ya llebo 2 años y voy al tercero,el abogado me dice que cree que mi certificacion laboral saldra a principios del 2007 o a fines.
Si cambian las leyes para los ilegales,me perjudicaria en mi certificacion laboral?Todo lo que yo page se iria al agua?Porque el abogado recalca mucho(siempre y cuando no cambien las leyes,mi jefe quiere que siga esperando,a el no le interes mucho el PERM por el momento y mi visa se vense a fines del 2008.Te agradesco mucho y te felicito por tu trabajo.
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| Usuario: marranos | Neptuno, no tiene porque felicitarme o felicitarnos, estamos, dentro de nuestras posibilidades para aclarar esas cosas que generalmente "NO" son tan claras por desconocimiento u omision. El boca a boca no sirve para mucho. Yendo para tu pregunta exclusivamente, te dire que basado en lo que me cuentas, es cierto y estas bien informado, solo podrias estar aplicando aqui bajo la 245(i) que actualmente no tiene vigencia ni nuevas fechas. En tu caso particular, una vez que quedaste "fuera" de tu status de no-inmigrante (osea que te quedaste fuera de la fecha que Inmigracion te otorgo para permanecer bajo tu status B1-B2), automaticamente te conviertes en lo que inmigracion llama un "overstay" lo cual es considerada una falta administrativa grave, que deja cancelada tu visa. Ahora, de esta manera, no puedes volver a tu pais y pretender aplicar o que alguien te pida, porque va a haber una luz "roja" grande como un semaforo indicando que te quedaste de mas en los EEUU. La unica salida legal que ud. tiene hoy es casarse con una ciudadana americana y que lo pida para poder hacer el ajuste de status a residente aqui, lamentablemnte no tiene otra salida. Me gustaria ser poseedor de mejor noticias, pero la realidad de hoy es esta.
Saludos y suerte.
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| Usuario: marranos | Glannina
Ok, felicitaciones por su pareja y su hija. La realidad es esta. Se darian dos posibles casos por lo que explica:
A)Suponiendo que ud. esta en forma legal (digo esto porque no fue aclarado) y aunque estuviesen casados (lo cual me dijo que aun no) de cualquier forma el hecho que su pareja haya entrado en lo que inmigracion califica como EWI (entry without inspection) bajo la actual ley de inmigracion, no lo habilita de ninguna forma a ajustar su status ni de pedir permiso de trabajo ni residencia. Sin excepciones despues de la desaparicion de la 245(i) que lo habilitaba con una multa, pero esta extinguida.
B) Suponiendo que los dos esta en forma ilegal en EEUU, la niña (suponiendo que haya nacido en los EEUU) de uds. solo podra pedirlos como padres, al cumplir los 21 años de edad ante las leyes actuales de inmigracion.
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| Usuario: marranos | Pedro:
Normalmente despotrico contra los abogados, no me gustan mucho que digamos pero eso no es solo de este pais?? NO!! jaja. Yendo a la pregunta.....Hay que tener algo en cuenta con la Certificacion Laboral, que es? algo que el departamento de trabajo determina y certifica que cierta persona esta capacitada en un campo donde hace falta gente y no hay locales (residentes americanos o ciudadanos) locales para cubrir las vacantes de esa especialidad en el mercado laboral. Es por ello, posiblemente que lo suyo no haya salido. Su abogado esta en lo correcto! Siempre y cuando las leyes no cambien. Nadie, ni tu abogado ni yo ni nadie sabe, cuando las leyes cambien, si cambian, para que lado va a salir el disparo y creo que a eso se refiere. Nadie quiere NI DEBERIA prometer espejitos de colores cuando lo que se tiene es espejitos de colores!!! solo eso. Las leyes no cambian para los "ilegales" cambian para todos. La ley aplica para todos los extranjeros. sean legales o ilegales. Cualquier duda puedes consultar nuevamente y tratare de contestarte!
Suerte.
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| Usuario: gigi | hola . mi esposo es colombiano yo siudadana de de este pais yo le meti papeles y y recibi repusta de que sus papeles abian sido aprobados. pero que tenia que salir a su pahis y se fue a colombia hase 4 meces y alla le dijeron que tenia que pedir una carta de perdon y la entrego pero todavia no a resivido nada yo quisira saber si alquien sabe mas o menos cuanto tienpo el se va a estar en su pais. grasias
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| Usuario: marranos | Gracias por su pregunta GIGI. El tema de su caso es delicado. Como entro el a los EEUU? en forma ilegal verdad? porque le pidieron el perdon? la forma para el perdon para la gente en general es la I-212. Ahora deberia aclararnos cual de estos casos es el de su esposo:
A) entro irregularmente, sin inspeccion a los EEUU y vivio aqui varios meses o años antes de casarse con ud. por lo que no puede regularizar su situacion en los EEUU. Hay un articulo en la ley que permite ajustar al extranjero en los EEUU solo si se casa con una ciudadana y entro legalmente, aunque ahora se encuentre ilegal.
B) Entro legalmente pero tiene algun pedido de deportacion o una orden efectiva de deportacion.
C) Ha cometido algun crimen viviendo aqui en los EEUU.
Son varias las respuestas y todo depende de como entro y como se encontraba aqui en los EEUU. Deberia aclarar como fue su caso para darle una respuesta mas directa. Los perdones , suponiendo que se aprueben (dificl de aprobar la mayoria de la veces y el gobierno de los EEUU no tiene obligacion de aprobarlos) tardan de 6 a 12 meses.
Suerte
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| Usuario: fliapereyra | Buenos dias, gracias por toda la informacion prestada a traves del foro. Nosotros entramos al pais con permiso de estadia por 3 meses en el 2000, como la mayoria de argentinos y uruguayos. Mi esposo ingreso su solicitud de contrato de trabajo, amparado en la ley 245i antes del 30 de abril del 2001, a los 2 años se fue de ese trabajo y suspendieron el tramite. Mi pregunta es la siguiente: Puede reiniciar el tramite cambiando de sponsor o ya no tiene opcion y tendria que esperar a que vuelva a salir la 245i?
Muchas gracias
Cynthia y Andres
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| Usuario: algl2122 | En agosto 2004 entre a eeuu con visa de turista, ahora me dijeron que con un esponsor puedo renovar mi i94 y que me darian el permiso de trabajo, me gustaria saber si eso es verdad y si en mi caso me serviria el i245. agradecere su respuesta en la brevedad ya que lo pienso hacer el lunes que viene. Gracias
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| Usuario: marranos | Para algl2122
Si ud. entro en Agosto del 2004 con visa de turista, que status tiene ahora? eso es lo que no aclara y por ende no puedo darle una respuesta acertada. Con un sponsor renovar la I-94? que clase de Visa tiene? digame la categoria (letras y numeros). La 245(i) esta fuera de uso o inhabilitada. Los unicos que pueden aplicar con la 245(i) son aquellos que estaban presentes fisicamente en los EEUU antes del 30 de Diciembre del 2000 y pusieron una aplicacion familiar o laboral antes del 30 de Abril del 2001. Ese no seria su caso.
Suerte!!
En agosto 2004 entre a eeuu con visa de turista, ahora me dijeron que con un esponsor puedo renovar mi i94 y que me darian el permiso de trabajo, me gustaria saber si eso es verdad y si en mi caso me serviria el i245. agradecere su respuesta en la brevedad ya que lo pienso hacer el lunes que viene. Gracias
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| Usuario: algl2122 | Le reenvío la consulta con los datos que me solicitó.
Tengo una visa R B1/B2, q me otorgaron en el año 1998 en mi pais con valides por 10 años, pero en el mes de agosto de 2004 ingresé y en US INMIGRATION me dieron la estadia legal por 6 meses,me dieron el sello B2, pero decidi permanecer mas tiempo hasta hoy sin haber pedido ninguna extension, actualmente mi status es ilegal. La consulta es la siguiente
puedo regularizar mi status si tengo un sponsor, tengo alguna chance de poder regularizar mi situacion de alguna forma. Desde ya le agradezco su respuesta y realmente este servicio es una gran ayuda. Nuevamente....muchas gracias
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| Usuario: sergio966 | Gracias por atenderme, yo aplique el el 2001 bajo la ley 245i como cosinero pero mi patron no pagaba suficientes taxes consulte un abogado y medijo que buscara otro patron que me ayudara, lo consegui pero con diferente trabajo haora soy disenador de jardines (todo lo relacionado con jardineria) mi pregunta es, sigo amparado por la 245i para poder tener la certificacion laboral y mas adelante la residencia, porque consulte 2 abogados uno dijo si y el otro dijo no realmente estoy confundido alguien me puede contestar mi duda ,porque mi nuevo patron me quiere ayudar pero no se si seguir el proseso.
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| Usuario: marranos | algl2122
Ahora con el panorama mas claro, le explico. Ud. es algo que se llama Visa Overstay. Dos cosas, que no son buenas pero se las tengo que decir. Ud. en este momento tiene su Visa cancelada, por la razon anteriormente nombrada. Tampoco puede pedir una extension, ya que su estadia esta pasada de la fecha que tenia que salir del pais. Ahora, especificamente sobre su consulta, de la UNICA forma que puede regularizar su status es casandose con una ciudadana de los EEUU. Es su unica opcion para regularizar.
Un sponsor laboral o nisiquiera la certificacion laboral le sirven. Solo el casamiento con una ciudadana le serviria. Suerte.
Marranos
Le reenvío la consulta con los datos que me solicitó.
Tengo una visa R B1/B2, q me otorgaron en el año 1998 en mi pais con valides por 10 años, pero en el mes de agosto de 2004 ingresé y en US INMIGRATION me dieron la estadia legal por 6 meses,me dieron el sello B2, pero decidi permanecer mas tiempo hasta hoy sin haber pedido ninguna extension, actualmente mi status es ilegal. La consulta es la siguiente
puedo regularizar mi status si tengo un sponsor, tengo alguna chance de poder regularizar mi situacion de alguna forma. Desde ya le agradezco su respuesta y realmente este servicio es una gran ayuda. Nuevamente....muchas gracias
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| Usuario: marranos | sergio966
Sergio, el tema en si es confuso pero trataremos de aclararlo!!!
Si tienes amparo para el ajuste con la 245(i), puedes cambiar de sponsor o de rubro sin problemas. Pero aclaro dos cosas, 1) es dificil conseguir una certificacion laboral, de hecho, no tiene que ver con inmigracion sino con el depto. de Trabajo.
2) La 245(i) es solo una ley de ajuste estando ilegal en los EEUU, por ende no ampara contra la deportacion.
Probablemente lo que quiso decir el abogado con el "no" fue que es dificil de conseguir la certificacion laboral en el tema de jardineria.
Suerte
Marrranos
Gracias por atenderme, yo aplique el el 2001 bajo la ley 245i como cosinero pero mi patron no pagaba suficientes taxes consulte un abogado y medijo que buscara otro patron que me ayudara, lo consegui pero con diferente trabajo haora soy disenador de jardines (todo lo relacionado con jardineria) mi pregunta es, sigo amparado por la 245i para poder tener la certificacion laboral y mas adelante la residencia, porque consulte 2 abogados uno dijo si y el otro dijo no realmente estoy confundido alguien me puede contestar mi duda ,porque mi nuevo patron me quiere ayudar pero no se si seguir el proseso.
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| Usuario: sergio966 | primero gracias por atenderme.segundo mi comentario anterior tal vez no lo supe explicar , voy a tratar de ser mas explicito. Yo meti una aplicacion en 2001 cuando se abrio la 245i,el 17 de marzo del 2001 la aplicacion la meti como cosinero, para la certificacion laboral,(para el departamento de labor)el abogado me dijo que, una copia de la aplicacion se iba para imigracion y otra para el departamento de labor y que con eso yo estaria amparado por la 245i, despues de un A?o me dijo que mi patron no pagaba suficientes taxes y que por eso tendria problemas para certificacion, que era mejor que buscara otro patron que pagara suficientes taxes,yo desidi buscar otro patron y lo encontre dispuesto a ayudarme de.Firs-Line Supervisor/Managers of Landscaping,Lawn Service,and Groundskeeping Workers. (todo lo relacionado con jardineria y otras cosas) Ocea que cambie de patron y de oficio, mi pregunta es. 1.-Si yo si etoy amparado por la ley 245i aunque alla cambiado de patron y de oficio por aber aplicado en el 2001. Y 2.-Que si yo puedo meter la aplicacion en este a?o (2006) al departamento de labor otra vez con mi nuevo oficio para tratar de obteren la certificacion laboral y despues tratar con emigracion para ver si pudo obtener la residencia
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| Usuario: marranos | Bueno de nuevo gracias por tu consulta!! la pregunta es la misma y la respuesta es la misma tambien. SI estas amparado por la 245(i) pese a haber cambiado de "profesion" y de "sponsor". EL tema es que te va a ser MUY dificil conseguir una certificacion laboral bajo el rubro "jardineria". Si consigues que el Dept. de Trabajo de los EEUU te certifique, entonces simplemente es un tramite el ajuste de inmigracion, ya que la ley asi lo dice.
De nuevo, ten en cuenta que el amparo es solo para el AJUSTE, y aclaro esto porque si te encuentras con Inmigracion, pese a hestar aplicando bajo la 245(i), eres deportable
Espero haber sido claro.
Marranos
primero gracias por atenderme.segundo mi comentario anterior tal vez no lo supe explicar , voy a tratar de ser mas explicito. Yo meti una aplicacion en 2001 cuando se abrio la 245i,el 17 de marzo del 2001 la aplicacion la meti como cosinero, para la certificacion laboral,(para el departamento de labor)el abogado me dijo que, una copia de la aplicacion se iba para imigracion y otra para el departamento de labor y que con eso yo estaria amparado por la 245i, despues de un A?o me dijo que mi patron no pagaba suficientes taxes y que por eso tendria problemas para certificacion, que era mejor que buscara otro patron que pagara suficientes taxes,yo desidi buscar otro patron y lo encontre dispuesto a ayudarme de.Firs-Line Supervisor/Managers of Landscaping,Lawn Service,and Groundskeeping Workers. (todo lo relacionado con jardineria y otras cosas) Ocea que cambie de patron y de oficio, mi pregunta es. 1.-Si yo si etoy amparado por la ley 245i aunque alla cambiado de patron y de oficio por aber aplicado en el 2001. Y 2.-Que si yo puedo meter la aplicacion en este a?o (2006) al departamento de labor otra vez con mi nuevo oficio para tratar de obteren la certificacion laboral y despues tratar con emigracion para ver si pudo obtener la residencia
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| Usuario: sergio966 | Bueno creo que ya les voy a caer mal pero tengo muchas dudas sobre mi proseso.Y quiero darles las gracias por tanta pasiencia,en mis comentarios anteriores les dije que yo abia aplicado el 17 de marzo del 2001 bajo la ley 245i y que yo abia cambiado de patron y de oficio y que si todavia estaria amparado por la 245i y su respuesta fue si.Pero hoy fui aver a un abogado le lleve todo mi expediente y me dise que no esta ningun documento omitido por el departamento de labor que comfirme que se registro el proseso y que no sabe si esta registrado mi caso o no, el dijo que mendaria una carta al departamento de labor para ver si, si esta o no esta, registrado pero que no me asegura que le manden respuesta y si se la mandan tardaria como un mes en resibirla mi pregunta es como yo puedo verificar si estoy registrado en el departamento de labor por mi cuenta.
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| Usuario: marranos | Todavia no nos caes mal!! jaja. Es normal tener dudas y brindamos este servicio por algo, asi que cuantas mas preguntas tengamos mejor.
Veamos....
Lo que te dijimos hasta ahora lo mantenemos, todo sujeto (y esto lo acabamos de agregar) a que la persona o abogado que te haya hecho el tramite este "claro" que lo hizo. Lo que si vale la pena aclarar algo que tu dices. Cuando recalcas el hecho de una solicitud en el Departamento de trabajo, cabe aclarar que eso en si NO es la parte importante. Que quiero decir con esto? que lo importante que ese dia que mencionaste, el 03/17/01 tu "abogado" haya metido tu solicitud bajo la 245(i) con un peticion de familiar cercano o laboral. Ahora, si esto fue "asi" entonces todavia estas amparado por la 245(i). Osea que si el departamento de trabajo (o labor) registro o no registro el pedido NO es relavante, tanto como si inmigracion registro la I-130 o I-129 (peticion familiar o peticion laboral respectivamente). Por que digo esto? porque si NO fue registrado el pedido, en inmigracion que es donde tiene que estar la solicitud de pedido, estas fuera de la 245(i). Tienes algunos caminos. Hay algo que se llama el FOIA (Freedom of Information Act) que es una ley de la era del presidente Clinton, que especificamente obliga a cualquier agencia federal a revelar cualquier dato o investigacion que se haga de una persona, siempre y cuando esta informacion no comprometa la seguridad nacional. Esa es una via. Otra es acercarte al departamento de trabajo y pedir que te digan personalmente cual es la situacion de tu solicitud (no soy experto en como funciona ese departamento pero no veo el problema con acercarte). Tambien hay la posibilidad de que puedas, de la misma manera, acercarte a inmigracion y solicitar la misma informacion. Ahora, mi temor es que el "abogado", sin criticarlo ni nada NUNCA haya metido tu solicitud laboral. Si asi fue esta perdido. El tiene que mostrarte un recibo donde dice, la famosa la llamada "antorcha" o la tendrias que haber recibido, que es un "Notice of Action" de parte del extinguido INS diciendo que recibieron esa solicitud. Debes decirle a tu abogado que quieres ver esa forma. Si te dice que no la tiene o no es necesario, entonces te esta mintiendo, dado que si o si esa forma debe existir si en realidad el presento tu caso a inmigracion, independientemente de que tuvieras aprobada tu solicitud de certificacion laboral o no. Espero haber sido claro y suerte. Aca estaremos para cualquier otra consulta.
Marranos
Bueno creo que ya les voy a caer mal pero tengo muchas dudas sobre mi proseso.Y quiero darles las gracias por tanta pasiencia,en mis comentarios anteriores les dije que yo abia aplicado el 17 de marzo del 2001 bajo la ley 245i y que yo abia cambiado de patron y de oficio y que si todavia estaria amparado por la 245i y su respuesta fue si.Pero hoy fui aver a un abogado le lleve todo mi expediente y me dise que no esta ningun documento omitido por el departamento de labor que comfirme que se registro el proseso y que no sabe si esta registrado mi caso o no, el dijo que mendaria una carta al departamento de labor para ver si, si esta o no esta, registrado pero que no me asegura que le manden respuesta y si se la mandan tardaria como un mes en resibirla mi pregunta es como yo puedo verificar si estoy registrado en el departamento de labor por mi cuenta.
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| Usuario: mariela | Buenas tardes, es la primera vez que escribo. He leído toda la información y me parece muy valiosa.
Necesitaba por favor que me ayudase a esclarecer mi situación. Mi esposo es cubano y está desde hace 4 meses en los EUA, se acogió a la ley del Ajuste Cubano. Nosotros estamos casados hace 9 años y tenemos dos pequeños hijos. Quisiera saber si debido a su situación nosotros también nos podemos acoger a esta ley. También me gustaría saber si tengo que esperar a que él tenga el green card para poder irnos o si podría ir antes? Puedo ir de turista con los chicos y quedarnos amparados por su situación? De antemano le agradezco mucho su valiosa ayuda.
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| Usuario: marranos | Mariela
Gracias por su pregunta!!!! bueno, le explico a ver si entendi. Ud. no esta en los USA en este momento verdad?
bien, el hecho que ud. este casada con un ciudadano cubano que esta amparado por la ley de asilo y en especial por la ley de ajuste cubano, la habilita a ud. a ajustar su estatus en los USA a la de residente. En terminos sencillos ud pasa a ser "cubana" y a ser tomada por esa excepcion. Ud. podria entrar como turista y ajustarse pero tenga cuidado con eso. Ya que estaria en violacion de su declaracion original de "no-inmigrante" si tiene visa de turista, ya que de hecho esta "planeando" quedarse o emigrar a los USA. Solo le digo eso para que vea cual es la realidad de la ley. Pero en teoria podria hacer eso. Al pasar a ser "cubanos" bajo la ley americana se convierten en residentes legales permanentes a año y un dia de la llegada de su esposo a los USA y sin restricciones. No tiene porque esperar a que a el le den la tarjeta verde que sera despues del año y un dia de su llegada. Cualquier otra duda estamos a su disposicion.
Marranos
Buenas tardes, es la primera vez que escribo. He leído toda la información y me parece muy valiosa.
Necesitaba por favor que me ayudase a esclarecer mi situación. Mi esposo es cubano y está desde hace 4 meses en los EUA, se acogió a la ley del Ajuste Cubano. Nosotros estamos casados hace 9 años y tenemos dos pequeños hijos. Quisiera saber si debido a su situación nosotros también nos podemos acoger a esta ley. También me gustaría saber si tengo que esperar a que él tenga el green card para poder irnos o si podría ir antes? Puedo ir de turista con los chicos y quedarnos amparados por su situación? De antemano le agradezco mucho su valiosa ayuda
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| Usuario: sergio966 | Bueno lo primero es decir gracias por este servicio tan bueno que sirve para mucha gente que tiene dudas como yo y haora me enfoco a mi problema.En tu comentario anterior me dijiste que en realidad no es tan relevante que se alla registrado el proseso en el departamento de labor lo mas inportante era que se ubiera registrado en inmigracion para poder siguir estar amparado por la 245i yo le comente a mi abogado y el me dice que para poder registrar el proseso en inmigracion primero tendria que tener ya una certificacion laboral yo le dije que cuando meti mi aplicacion para la sertificacion laboral (17/3/2001) se tenia que mandar una forma a inmigracion tambien para registrar el proseso y que ya deveria de aber resivido la respuesta el o me la ubieran mandado a mi (la antorcha que tu dises)y el dice que para que yo quedara amparado solo se nesesitaba aplicar en el departamento de labor y quedar registrado hai, cuando salga la certificacion ese documento es la prueba de que yo aplique dentro de la 245i y que se presenta a inmigracion que porque si se mandaban el mismo dia las dos formas inmigracion regresaba la forma
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| Usuario: MARIELA78 | yo soy argentina y tengo la nacionalidad espanola.mi marido es cubano y tiene la residencia en portugal. estamos casados hace 12 anos, tenemos 2 ninos menores de edad.vivimos en espana. queriamos entrar a estados unidos para vivir, legalmente, podemos hacerlo a traves de mexico? podemos pedir la ley del ajuste cubano? podemos entrar todos juntos por la frontera? podemos entrar mi marido y yo solos por la frontera?
que es lo mejor que nos conviene hacer para entrar y vivir legalmente en estados unidos?
cual es su consejo?
saludos atentos,
mariela lopez
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| Usuario: marranos | Mariela.
La ley de ajuste cubano a aplica a todos los cubanos y tambien a su familia, que pese a no ser cubana, para la ley de USA lo es. Ahora, tenga cuidado, porque uds. no estan viniendo de Cuba. Lo cual hace su caso mas delicado. Si entra por Mexico y pide asilo en el puerto de entrada, se lo tendrian que dar a el y a su familia . Pero tenga cuidado, porque no estan viniendo de Cuba. Le recomendaria hablar con un abogado de inmigracion especializado para no mal informarla. Suerte.
Marranos
yo soy argentina y tengo la nacionalidad espanola.mi marido es cubano y tiene la residencia en portugal. estamos casados hace 12 anos, tenemos 2 ninos menores de edad.vivimos en espana. queriamos entrar a estados unidos para vivir, legalmente, podemos hacerlo a traves de mexico? podemos pedir la ley del ajuste cubano? podemos entrar todos juntos por la frontera? podemos entrar mi marido y yo solos por la frontera?
que es lo mejor que nos conviene hacer para entrar y vivir legalmente en estados unidos?
cual es su consejo?
saludos atentos,
mariela lopez
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| Usuario: fliapereyra | Lamento ser tan reiterativa, pero no he recibido respuesta a mi pregunta, paso a describir mi caso: entramos al pais con permiso de estadia por 3 meses en el 2000, como la mayoria de argentinos y uruguayos, despues quedamos en estado ilegal. Mi esposo ingreso su solicitud de contrato de trabajo, amparado en la ley 245i antes del 30 de abril del 2001, a los 2 años se fue de ese trabajo y suspendieron el tramite. Mi pregunta es la siguiente: Puede reiniciar el tramite cambiando de sponsor o ya no tiene opcion y tendria que esperar a que vuelva a salir la 245i? Se que puede solicitar el PERM, solo como permiso para trabajar y no cambiar su status si no esta amparado a la 245-i, pero tu crees que este amparado aun?
Muchas gracias
Cynthia y Andres
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| Usuario: marranos | fliapepereyra
Primero le aclaro que creo que es la primera vez que veo su mensaje. De cualquier forma si escribio anteriormente le pido perdon en nombre del foro y en nombre de mi persona por la falta de atencion. Trato de mirar las nuevas preguntas todos los dias, pero a veces estoy falto de tiempo. Contestando sus preguntas, le cuento,
Ustedes como otras tantas familias entraron con el Visa Waiver Program que habilitaba a los extranjeros de Arg, Uru y otros tantos paises a entrar sin visa por un periodo de no mas de 90 dias sin posibilidad de extension de estadia.
SI- El estaria amaparado por la 245(i), ya que la misma no caduca para los que se encuentran en ella o mejor dicho para aquellos que hayan solicitado el ajuste antes de 30 de Abril del 2001.
SI- Hubo un memorandum emitido por el Departamento de inmigracion, en el cual se aclara que la ley (la 245(i)) NO aclara por si o por no, con respecto al sponsor, por ende todos tienen la oportunidad, sea por la razon que fuere, de "cambiar" de sponsor sin esto afectar su posibilidad de ajustar bajo la 245(i) la cantidad de veces que fuere.
Por ende en su caso, no tiene que esperar que salga la 245(i) (que a todo esto dudo que vuelva a salir) porque esta amparado en ella aunque cambie de sponsor 100 veces.
Una breve aclaracion con respecto a lo que llamamos con cierta libertad "amparo". La 245(i) ampara para poder cambiar de status en los EEUU sin salir del pais, pagando una multa de $1000 por cada solicitante. NO AMPARA CONTRA DEPORTACION! por ende si a ud. a un miembro de su familia lo para inmigracion en la calle, por la razon que fuere y teniendo el tramite en proceso o espera, ud. es deportable SI o SI. El hecho de estar "amparado" es solo para el ajuste y no le da un trato especial para inmigracion mas alla del ajuste. Espero haber sido claro con esto.
NO deberia solicitar el PERM, si ya tiene una certificacion laboral. Su esposo la tiene o esta en tramite? no me queda claro ese tema. El PERM NO ES UN PERMISO PARA TRABAJAR!! y le agradezco el que lo haya preguntado. El PERM es una certificacion laboral, o una certificacion que emite el Departamento de Trabajo (Dept of Labor) donde se "certifica" que el trabajo que hace el solicitante es necesario para el mercado laboral de los EEUU. NO AUTORIZA A TRABAJAR!!!!!! de hecho eso es autoridad exclusiva del DHS o Department of Homeland Security.
Asi que espero haber sido claro y cualquier duda no duden en presentarla en este foro.
Marranos
Lamento ser tan reiterativa, pero no he recibido respuesta a mi pregunta, paso a describir mi caso: entramos al pais con permiso de estadia por 3 meses en el 2000, como la mayoria de argentinos y uruguayos, despues quedamos en estado ilegal. Mi esposo ingreso su solicitud de contrato de trabajo, amparado en la ley 245i antes del 30 de abril del 2001, a los 2 años se fue de ese trabajo y suspendieron el tramite. Mi pregunta es la siguiente: Puede reiniciar el tramite cambiando de sponsor o ya no tiene opcion y tendria que esperar a que vuelva a salir la 245i? Se que puede solicitar el PERM, solo como permiso para trabajar y no cambiar su status si no esta amparado a la 245-i, pero tu crees que este amparado aun?
Muchas gracias
Cynthia y Andres
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| Usuario: fliapereyra | Muchas gracias por su respuesta tan detallada y clara.
El tema es que mi esposo nunca recibio el permiso para trabajar y por eso es mi duda si puede reabrir el caso o queda anulada, nunca recibimos una notificacion por parte del Departamento de Trabajo, como una negacion o algo asi, sino solo por parte del abogado del lugar donde trabajaba mi esposo. El inicio el tramite como chapista de auto, pero que pasaria si cambiara a pintor de autos?
Nuevamente, muchas gracias
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| Usuario: flor | yo no se nada sobre esa ley podria usted esplicarme
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| Usuario: flor | Quiero saber si una persona que tenga una aprobacion de la ley 245i puede pedir un permiso de trabajo.
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| Usuario: marranos | fliapepereyra
Hola de nuevo y gracias por sus comentarios!! no importa si cambia de sponsor o de rubro, para nada, el tema es conseguir la certificacion laboral, ya que sin ella no importa tener o estar amparado bajo la 245(i). Si puede cambiar de rubro y de sponsor.
Marranos
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| Usuario: marranos | Flor
tienes que ser mas especifica en tu pregunta. Teoricamente, si ud. tiene una 245(i) aprobada, quiere decir que puede ajustar su status a la de residente permanente, para que necesitaria un permiso de trabajo? es importante aclarar en sus preguntas y esto va para todos los usuarios, la fecha de entrada, el modo de entrada, que clase de visa y en que trabajan o como piensan ajustar su status, asi de esa forma podremos darles una respuesta mas concreta y real.
Marranos
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| Usuario: Nacho | Hola Marranos... asi te haces nombrar, no?
Sea como sea, realmente no tengo mas que elogios por tu labor aqui, con todas las inquietudes y con la dedicacion que las tratas.
Mi situacion es que a fines de este año por Diciembre, tengo pensado viajar a USA (estoy y vivo en Argentina), como empleado por cuatro meses, el tipico plan "work and travel", con la visa J1, la cual me deja estar trabajando hasta en dos lugares, por el periodo de 4 meses y luego tengo un mes mas para ejecer mi estadia o visa solo como turista.
Mi idea es tratar de hacer contactos para poder quedarme o volver mas adelante con una visa por mas tiempo (siempre dentro de la legalidad y con una oferta laboral) o un contrato laboral definitivo.
Mi consulta es, que seria necesario tramitar, donde, etc... en el caso de conseguir alguna otra oferta laboral en estos 4 o 5 meses, ademas de la que ya tengo... osea si tengo la posibilidad de quedarme por mas tiempo (siempre legalmente) que pasos deberia adoptar?
Espero no ser reiterativo o pesado.
Gente del foro, les deseo lo mejor esten donde esten!!!
Gracias. Marranos!
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| Usuario: NALA | Hola:
Mi pregutnta es la siguiente, es sobre mi hija de 15 años Argentina, entro legalmente con visa de turista por 10 años, y ya se vencio la visa de 6 meses que dan al entrar a USA, o sea esta ilegal, el papá de ella es Americano y dice que no la puede pedir, que es complicado y que debido al estatus de mi hija ella deberia viajar a Argentina por 3 meses y que el tramite y entrevistas tienen que ser llevados a cabo en Argentina (segun lo asesoro un abogado), yo ya consulte con muchos y me dujeron que nada que ver que ella recibe automaticamnete y por ser menor de 16 ni siquiera tiene que pagar penalidades. Hay algo de verdad en lo que el dice? Que deberia hacer yo? Cual es mi siguiente paso? Dice que si su abogado no ve el formulario (aplicacion que imprimi de internet) EL NO FIRMA N A D A.
Gracias desde ya, espero tu respuesta.
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| Usuario: fliapereyra | Muchas gracias por toda la informacion brindada. Quisiera hacerte otra pregunta, puede un empleador ofrecer contrato de trabajo a una persona que no trabaja para el? (si estuviera amparado en la 245-i)
Otra pregunta de PERM, la persona que solicita la certificacion laboral tambien se beneficia con un Seguro Social y puede sacar licencia, etc?
Las personas que no estan legales en el pais, les serviria hacer el PERM si no se pudieron amparar a la 245-i?
Muchas gracias
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| Usuario: marranos | NALA,
gracias por contactarnos y muy interesante su planteo pero que a la vez tiene dos sencillas respuestas.
Una aclaracion, las VISAS normalmente tiene una vigencia de 10 años, pero esto no garantiza en ingreso a los USA, solo a poder pedir "permiso" a un agente de inmigracion una ves llegados a un puerto de entrada (aeropuerto, puesto fronterizo, puerto). El tiempo que ud. indica , los 6 meses, es el tiempo otorgado por el agente de inmigracion para la permanencia en los USA.
NO importa donde uno nazca, mientras que uno de los padres sea de ciudadania americana, automaticamente esa persona es lo que se llama para inmigracion o en este caso el departamento de estado (RREE) un "US citizen born abroad" o un ciudadano americano nacido en el extranjero. La via mas facil hubiera sido presentar la documentacion en el consulado americano en Buenos Aires, que informa que esta persona es hijo de XX y que nacio en Argentina, automaticamente se le hubiera extendido un certificado de ciudadania americana en Argentina. Ahora bien, ella esta aqui en los USA verdad? si ese es el caso, ella cae bajo lo que se llama un IR o Immidiate Relative o pariente inmediato de un ciudadano americano. Ella puede ajustar su status estando aca sin pago de penalidad como bien dice. Le recomendaria, si el caso es que esta persona no desea firmar "nada" llevarlo a corte, no puede negarse a firmar nada adelante de un juez. Pero su hija tiene TODAS las de ganar para permanecer legalmente en los USA.
Marranos
Hola:
Mi pregutnta es la siguiente, es sobre mi hija de 15 años Argentina, entro legalmente con visa de turista por 10 años, y ya se vencio la visa de 6 meses que dan al entrar a USA, o sea esta ilegal, el papá de ella es Americano y dice que no la puede pedir, que es complicado y que debido al estatus de mi hija ella deberia viajar a Argentina por 3 meses y que el tramite y entrevistas tienen que ser llevados a cabo en Argentina (segun lo asesoro un abogado), yo ya consulte con muchos y me dujeron que nada que ver que ella recibe automaticamnete y por ser menor de 16 ni siquiera tiene que pagar penalidades. Hay algo de verdad en lo que el dice? Que deberia hacer yo? Cual es mi siguiente paso? Dice que si su abogado no ve el formulario (aplicacion que imprimi de internet) EL NO FIRMA N A D A.
Gracias desde ya, espero tu respuesta.
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| Usuario: marranos | FLIA PEREYRA
Como siempre sus preguntas me parecen interesantes. Vamos por partes.
SI un empleador puede ofrecer un contrato de trabajo y hacer dicha presentacion a inmigracion aunque no trabaje para el. eso es ser un sponsor.
NO la persona que solicita un PERM o certificacion laboral solo hace eso y aunque fuera aprobada, no le da derecho a Seguro Social y tampoco a licencia. Son todos temas separados.
SI/NO las personas que estan en el pais ilegalmente y no tienen un amparo de la 245(i) pueden solicitar el PERM igual para futuros cambios de la ley, pero no les sirve al dia de hoy para la ley de inmigracion vigente.
Espero haber sido claro.
Marranos
Muchas gracias por toda la informacion brindada. Quisiera hacerte otra pregunta, puede un empleador ofrecer contrato de trabajo a una persona que no trabaja para el? (si estuviera amparado en la 245-i)
Otra pregunta de PERM, la persona que solicita la certificacion laboral tambien se beneficia con un Seguro Social y puede sacar licencia, etc?
Las personas que no estan legales en el pais, les serviria hacer el PERM si no se pudieron amparar a la 245-i?
Muchas gracias
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| Usuario: fliapereyra | Muchas gracias, muy amable y si fue muy claro con sus respuestas.
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| Usuario: NALA | Muchisimas gracias por sus palabras, me tranquilizaron michisimo, pero ahora me surgen otras inquietudes.
Ud me dijo que la via mas facil hubiera sido presentar la documentacion en el consulado americano en Buenos Aires, que informa que esta persona es hijo de XX y que nacio en Argentina, automaticamente se le hubiera extendido un certificado de ciudadania americana en Argentina, yo quise que lo hicieramos pero ni idea por que no se hizo.
Y despues me pregunta si ella esta aqui en USA, si estamos aqui en California, ud me recomendo llevarlo a corte, no puede negarse a firmar nada adelante de un juez, ya que aparentemente por las excusas q me puso pareciera q es porque no quiere hacer este tramite q hasta ofreci pagarlo yo. Como tengo que hacer para llevarlo a corte? diciendo que? que tramite tengo que hacer? Un abogado me dijo que si el no quiere firmar, si no lo hace voluntariamente, yo no lo podia obligar, eso me confunde y desalienta un poco, pero ud tambien me dijo que mi hija tiene TODAS las de ganar para permanecer legalmente en los USA, ojala que sea asi.
Muchas gracias por su ayuda y sus palabras que me tranquilizan mucho, y sobre todo por la respuesta tan rapida.
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| Usuario: marranos | Perdon por la demora esta vez NALA.
Vamos a ver. Por partes. Ud. en su mail original me dijo que su hija tiene 15 años. Bien, si esto es asi, ella es menor de edad para el gobierno, siempre que sea menor de 18 esta todavia es elegible para ser ciudadana de EEUU basada en la relacion de sangre con el padre. Ahora, ud tambien me dijo que el padre no firma nada, que no vea su abogado. Primeramente. El le pasa lo que se llama "child support" basado en que es la hija? ahi tendria una "presion" para su lado. Tambien estableciendo la paternidad, si es que el no reconoce ser el padre. Todo esto es conjetura, porque yo realmente no conozco la situacion real de uds.
Aca hay un link sobre como aplicar para un hijo/a de ciudadano.
http://www.uscis.gov/graphics/publicaffairs/factsheets/chowto.htm
Si me aclara un poco mas las cosas, desde el principio, lo contestare o averiguare en detalle los pasos a seguir para ud. Si desea comuniquede por mail a la administracion y le daran mi e-mail directo. Espero su contacto.
Marranos
Muchisimas gracias por sus palabras, me tranquilizaron michisimo, pero ahora me surgen otras inquietudes.
Ud me dijo que la via mas facil hubiera sido presentar la documentacion en el consulado americano en Buenos Aires, que informa que esta persona es hijo de XX y que nacio en Argentina, automaticamente se le hubiera extendido un certificado de ciudadania americana en Argentina, yo quise que lo hicieramos pero ni idea por que no se hizo.
Y despues me pregunta si ella esta aqui en USA, si estamos aqui en California, ud me recomendo llevarlo a corte, no puede negarse a firmar nada adelante de un juez, ya que aparentemente por las excusas q me puso pareciera q es porque no quiere hacer este tramite q hasta ofreci pagarlo yo. Como tengo que hacer para llevarlo a corte? diciendo que? que tramite tengo que hacer? Un abogado me dijo que si el no quiere firmar, si no lo hace voluntariamente, yo no lo podia obligar, eso me confunde y desalienta un poco, pero ud tambien me dijo que mi hija tiene TODAS las de ganar para permanecer legalmente en los USA, ojala que sea asi.
Muchas gracias por su ayuda y sus palabras que me tranquilizan mucho, y sobre todo por la respuesta tan rapida.
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| Usuario: NALA | Si, la verdad es que muchos detalles no di, ud no puede hacer magia, no?
La historia es asi, ya sabe de mi hija que tiene 15 años, vinimos en agosto del 2001, se nos vencio la visa de turista de 6 meses, el papá de mi hija es americano pero vivio en argentina desde lo 9 años hasta diciembre del 2003, hace 2 1/2 años que vive en Delawere con su segunda esposa y sus hijos. Antes no la pudo pedir a nuestra hija por el hecho de no haber vivido aca en la adolescencia por lo menos 2 años. Al el venir aca tenia que vivir en USA 2 años para poder pedirla pero resulta que no se como el le hizo todos los papeles a su mujer e hijos argentinos en cuanto vinieron hace 2 1/2, ahi empece a decirle para que le hiciera el tramite a nuestra hija, dijo que el no creia que el pudiera hacer algo por ella y yo averigue todo y le dije que si, acepto, y por su puesto pagando todo yo, le pague a un abogado ya hace como 2 años, y por lo que veo me engaño y no hizo nada poruqe ni WAC # tengo de ese tramite, entonces arranque de cero otra vez con las averiguaciones, pero ahora con un ABOGADO DE CONFIANZA, y el fue cincero y me dijo, "yo te cobro unos $500.00 pero la verdad es que es un tramite cencillo, solo es llenar un formulario y pagar el money order", entonces mi hija me dijo que su papá le comento que el habia ido a averiguar con abogado, y por facilitarle las cosas lo llame y le dije, que era cencillo, que yo lo habia bajado al formulario de internet, son tres hojas de indicaciones y dos el formulario, y ahi empezo a gritar de la nada, "no es tan cencillito como crees, yo no firmo nada si mi abogado no lo ve, porque no voy a firmar nada que pueda comprometerme", yo le aclare que el mismo lo podia mirar y leer las indicaciones, pero asi quedo, antes habia estado todo bien, no se que le paso, y tambien me dijo que ese abogado le dijo que por estar ilegal mi hija tenia que viajar a argentina minimo por tres meses y realizar el tramite alla, las entrevistas, todo, y mi idea era apretarlo un poco con child support, la verdad que ni eso hace, da lo que quiere cuando quiere con la excusa de que no tiene un Bank of America cerca, nosotros le abrimos una cuenta a mi hija para que el depositara ahi, entonces al no tener un banco cerca hace como quiere y le dije que mandara un cheque o mney order a nombre de mi hija y no confia, y esta semana llamo a mi hija despues de bastante tiempo que no lo hacia, y basicamnete le pregunto si ella veia o recibia estados de banco donde ella podia ver lo que el depositaba, lo que me hace pensar que sin que yo haya hecho nada todavia el ya esta abriendo el paraguas y fue a ver a un abogado. Asi que esta es la historia, no se que lo hizo cambiar de manera de pensar, pero no puedo dejar pasar esta oportunidad tan grande para mi hija, porque cuando quiera manejar, sacar su licencia o ir a la universidad todas las puertas se le van a cerrar. Disculpe por este "testamento" pero mas corto no lo pude hacer.
OTRA VEZ LE DOY LAS GRACIAS POR ESTA GRAN AYUDA QUE NOS ESTA DANDO.
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| Usuario: marranos | NALA
A veces hago magia!!! Veamos. Para el publico en general lo que se le vencio es el tiempo que el gobierno de USA la autorizo a estar aqui. Antes "SI" la pudo pedir, solo tenia que hacer lo que se llama un affidavit de Support o buscar una persona de "confianza" que firmara el mismo por el tiempo que el llevaba aqui viviendo en forma permanente. De hecho como mencionamos anteriormente, el pudo "registrarla" como hija de americano tambien en el consulado de USA en Buenos Aires. El padre de la nena simplemente me parece un irresponsable y un HDP. El tramite original cuando lo metieron en inmigracion si es que lo metieron? antes de el 30 de abril del 2001? Deberia decirle, de muy "buena manera" que si se sigue negando a firmar los papeles, entonces conseguira un abogado y tendra que pagar el child support hasta los 18 desde que vive aqui retroactivo. Es mas, de eso no puede escapar aqui en los USA y tendria que ir a la carcel si no paga. Si quiere contacteme directamente a mi direccion de mail sniper682002@hotmail.com tengo algunas preguntas que hacerle.
Marranos
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| Usuario: perucho | PRIMERO, doy las gracias por responder a Mis Preguntas....!!!
Yo ingrese a los EEUU con VISA de Turista por 30 Dias y luego decidi quedarme aqui, Ahora estoy trabajando en un Restaurant y ellos hicieron a todos los trabajadores Indocumentados la solicitud para la Peticion LABORAL a travez de un Estudio de Abogados. Estos Proceso se Incio en Agosto 09, 2004. Ahora tenemos el ALC (Alien) CASE.
Mi pregunta es la siguiente :
- Cada vez que llamo a este estudio de Abogados no los encuentro o me contesta la grabadora.
- Cada vez que llamo a WORKFORCE COMMISSION ellos no dan informacion al Empleado o extrajero, solamente al Abogado o al Empleador.
- Cada vez que solicito informacion al Empleador, ellos manifiestan que no tienen ninguna NOvedad y que llame al Abogado.
- Con los cambios de las leyes o Normas esto tramites no habian sido modificados para que los procesos sean mas rapidos.
- Cuanto tiempo se tiene que esperar para recibir un AVISO de Aceptacion para la entrevista con la WORKFORCE.
- O que tengo que hacer para tener noticias nuevas o fresca referente a mi caso.
AGRADESCO GENTILMETE SU RESPUESTA, GRACIAS....!!!
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| Usuario: marranos | Respuesta a PERUCHO:
Gracias por su consulta.
Ok, me dice que ingreso con Visa y le dieron 30 dias y se quedo. Supongo que esto habra sido en el 2004.
Entiendo que sometieron al Servicio de Inmigracion una solicitud laboral. Le aclaro algo desde el arranque. Despues de la ultima modificacion de la ley de inmigracion, producida en 1996, NO se puede ajustar su situacion migratoria a traves de una peticion laboral. De hecho en terminos generales , para la informacion de todos, se lee algo asi:
A) Todo extranjero que haya entrado ilegalmente a los USA NO puede ajustar su status estando presente en los USA y debe salir del pais para hacerlo. Vale aclaracion en este punto. La 245(i) exceptuaba para el pedido de salida del pais con el pago de una multa, pero NO esta vigente.
B) Todo extranjero que haya entrado al pais legalmente, pero que se haya quedado fuera de status, NO puede ajustar su status inmigratorio. Hay una sola excepcion a esta regla que es la relacion familar o IR. IR o Immidiate Relative se refiere exclusivamente a Esposo/a, hijo/a (menor de 21 y soltero/a) o padre/madre de un ciudadano norteamericano
No se que cuento le metio el estudio de abogados a su patron o el patron a ud. pero no puede lograr nada con esa peticion laboral. Lo que va a suceder es que se la van a "aprobar" cuando fuere, y le van a decir que vaya a su pais de origen para retirar la "visa" de inmigrante. Cuando ud. haga eso, hay una sancion que prevee la ley, que pese a tener aprobada la solicitud, sera multado por un periodo de 10 años para poder re-ingresar con esa visa de inmigrante a los USA.
Lamento ser el portador de malas noticias.
Marranos
PRIMERO, doy las gracias por responder a Mis Preguntas....!!!
Yo ingrese a los EEUU con VISA de Turista por 30 Dias y luego decidi quedarme aqui, Ahora estoy trabajando en un Restaurant y ellos hicieron a todos los trabajadores Indocumentados la solicitud para la Peticion LABORAL a travez de un Estudio de Abogados. Estos Proceso se Incio en Agosto 09, 2004. Ahora tenemos el ALC (Alien) CASE.
Mi pregunta es la siguiente :
- Cada vez que llamo a este estudio de Abogados no los encuentro o me contesta la grabadora.
- Cada vez que llamo a WORKFORCE COMMISSION ellos no dan informacion al Empleado o extrajero, solamente al Abogado o al Empleador.
- Cada vez que solicito informacion al Empleador, ellos manifiestan que no tienen ninguna NOvedad y que llame al Abogado.
- Con los cambios de las leyes o Normas esto tramites no habian sido modificados para que los procesos sean mas rapidos.
- Cuanto tiempo se tiene que esperar para recibir un AVISO de Aceptacion para la entrevista con la WORKFORCE.
- O que tengo que hacer para tener noticias nuevas o fresca referente a mi caso.
AGRADESCO GENTILMETE SU RESPUESTA, GRACIAS....!!!
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| Usuario: perucho | Estoy muy agradecido por la rapida respuesta y quiero despejar algunas otra duda referente a esta Peticion Laboral.
Al ingresar a los EEUU contaba o cuento con una VISA DE TURISTA por 10 Anos, pero al ingresar a los EEUU solamente me dieron permiso para una estadia de 30 Dias, esto fue para el mes de Noviembre del 2003 y el proceso de la Peticion Laboral se Inicio A partir de Abril a Agosto del 2004 (Recaudacion documentos para elaboral FICHA PERSONAL).
Ahora si Ud. o la ley indica que ellos van a notificarme para salir del PAIS y solicitarlo desde FUERA de EEUU. Mi pregunta es :
- Seria Correcto que saliera del PAIS cuando voy a tener una Sancion de 10 Anos por haberme quedado Ilegalmente Aqui.
- Cual seria el consejo o la desicion que deba de tomar en ese momento que me Notifiquen.
- Con relacion a Mi VISA de TURISTA esta perdida actualmente cuando esto vence en el 2010.
y por ultimo.
No existe ninguna forma o VIA que uno puede formalizar legalmente claro, en el Aspecto Laboral dentro de los EEUU Cuando existe un esponsor de por medio.
Gracias ......!!!!
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| Usuario: marranos | Para Perucho 2.
No tiene nada que agradecer, estamos aqui brindado un servicio de la mejor manera posible.
Le respondere a sus preguntas una por una con un numero para ser bien claro y con su respectiva explicacion.
1) Si seria correcto o no salir del pais va a tener que ser una decision absolutamente suya. El tema es que bajo las leyes actuales NO puede ajustar estando en los USA ilegalmente, por ende para ajustar tendria que salir. Ahora en el Codigo de Regulaciones Federales con cual se maneja el Servicio de Inmigracion, existe una clausula que dice que is ud. se queda ilegal en el pais de 1 dia a 6 meses recibe un castigo de 3 años de castigo de no ingresar ni poder solicitar el ingreso al pais y si se queda mas de 6 meses de ilegal de 10 años.
2) La decision que deba tomar es exclusivamente suya, solo ud. sabe lo que debe hacer pero aqui se le explicaron las consecuencias de sus acciones.
3) Su VISA "vencia" en 10 años, fue automaticamente cancelada el dia que ud. se quedo mas tiempo del autorizado de 30 dias que le dio el Servicio de Inmigracion cuando ud. hizo su entrada legal a los USA, ya que una de las condiciones principales de la VISA es que ud. cumpla con las fechas y tiempos otorgados por el Servicio de Inmigracion. Con respecto a tener una VISA por 10 años y solo recibir 30 dias de permiso, dejeme aclararle que la VISA de 10 años es solo un "PEDIDO DE PERMISO" para ingresar a los USA y puede ser negada su entrada a los USA por un oficial de Inmigracion sin mayor explicacion. El oficial es el que decide si ud. cumple con los requisitos basicos de su VISA de NO-INMIGRANTE. Si el oficial sospecha por la razon que fuere que ud. no cumple con alguno de los requisitos, el puede decidir ahi regresarlo a su pais de origen sin mas tramite o hasta deportarlo, pese a tener una VISA.
4) La unica forma para resolver su situacion de inmigracion, bajo sus condiciones actuales, es el casamiento o pedido de ajuste por medio de un pariente directo ciudadano americano, con un vinculo, dado su edad, de esposa o hijo mayor de 21 años que sea ciudadano.
Si un abogado le dice que tiene una "solucion" para su caso bajo las leyes actuales de inmigracion, esta mintiendo porque no la hay.
Lo siento
Marranos
Estoy muy agradecido por la rapida respuesta y quiero despejar algunas otra duda referente a esta Peticion Laboral.
Al ingresar a los EEUU contaba o cuento con una VISA DE TURISTA por 10 Anos, pero al ingresar a los EEUU solamente me dieron permiso para una estadia de 30 Dias, esto fue para el mes de Noviembre del 2003 y el proceso de la Peticion Laboral se Inicio A partir de Abril a Agosto del 2004 (Recaudacion documentos para elaboral FICHA PERSONAL).
Ahora si Ud. o la ley indica que ellos van a notificarme para salir del PAIS y solicitarlo desde FUERA de EEUU. Mi pregunta es :
- Seria Correcto que saliera del PAIS cuando voy a tener una Sancion de 10 Anos por haberme quedado Ilegalmente Aqui.
- Cual seria el consejo o la desicion que deba de tomar en ese momento que me Notifiquen.
- Con relacion a Mi VISA de TURISTA esta perdida actualmente cuando esto vence en el 2010.
y por ultimo.
No existe ninguna forma o VIA que uno puede formalizar legalmente claro, en el Aspecto Laboral dentro de los EEUU Cuando existe un esponsor de por medio.
Gracias ......!!!!
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| Usuario: charlyptp | Hola
TSoy español. Tengo ya el pasaporte electronico y planeo viajar a EU, pero quisiera hacerlo con mi esposa que es cubana. Tengo entendido que yo estoy exento de visa para entrar a EU y mi pregunta es si mi esposa tambien si va acompañandome.
Gracias.
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| Usuario: marranos | charlyptp
Mis ancestros son de Asturias!! de cualquier forma, gracias por tu pregunta. Que nacionalidad tiene tu esposa? tu estas exento, como español del requerimiento de visa para ingresar a los USA, tienes el Visa Waiver Program. Te daran un maximo de 90 dias sin posibilidad de extension. Tu esposa NO es española porque tu eres español, osea deberias aclarar si es de nacionalidad cubana o si adopto otra nacionalidad. Si es cubana y tiene pasaporte cubano necesita visa para ingresar a los USA aunque este casada contigo.
Marranos
Hola
TSoy español. Tengo ya el pasaporte electronico y planeo viajar a EU, pero quisiera hacerlo con mi esposa que es cubana. Tengo entendido que yo estoy exento de visa para entrar a EU y mi pregunta es si mi esposa tambien si va acompañandome.
Gracias.
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| Usuario: 73karina | Hola, soy nueva aca, pero queria hacer una pregunta.
Mi empresa me esta tramitando la gren card, )recien estoy en la primer etapa del PERM).
mi pregunta es sino casamos el puede aplicar conmigo para obtener su green card? Lo puedo poner en riesgo de que lo deporten cuando aplique para la I485?
Muchas gracias
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| Usuario: 73karina | Hola, soy nueva aca, pero queria hacer una pregunta.
Mi empresa me esta tramitando la gren card, )recien estoy en la primer etapa del PERM).
MI novio esta fuera de status pero planeamos casamos
Despues de casarnos el puede aplicar conmigo para obtener su green card? Lo puedo poner en riesgo de que lo deporten cuando aplique para la I485?
Muchas gracias
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| Usuario: marranos | 73Karina,
tendriamos que tener mas datos de como es que estas aplicando vos, para poder contestar tu pregunta. Te diria en principio que si es una peticion laboral, sin tener demasiados detalles, no podria el ajustar contigo. Tampoco, suponiendo que vos te conviestas en residente podrias arreglarle a el los papeles. Tendrias que darme mas datos especificos sobre tu caso y el de el si? un saludo.
Marranos
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| Usuario: fliapereyra | Buenas tardes, tengo una consulta sobre inmigracion (no es sobre PERM) Que pasaria con una persona que inicio una peticion por matrimonio y se le niega la residencia por ser un matrimonio fraudulente (como le dice en el dpto. de inmigracion), automaticamente le dan la orden de deportacion o puede ser que no?
Se que hay un numero de telefono donde uno puede acceder con el numero de caso o de residencia para ver si tiene una orden pendiente de deportacion, pero es seguro ese sistema?
Muchas Gracias, como siempre,
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| Usuario: marranos | Bueno gracias por su consulta. Si se determino que lo que se hizo fue un "sham" marriage, como se llama en el Departamento de Homeland Security al matrimonio fraudulento, se solicita automaticamente la deportacion del solicitante. Es muy dificil contrarestar este cargo. Se puede consultar al 1800 para los casos de jueces de inmigracion, pero es posible que todavia no aparezca el caso si es reciente.
Marranos
Buenas tardes, tengo una consulta sobre inmigracion (no es sobre PERM) Que pasaria con una persona que inicio una peticion por matrimonio y se le niega la residencia por ser un matrimonio fraudulente (como le dice en el dpto. de inmigracion), automaticamente le dan la orden de deportacion o puede ser que no?
Se que hay un numero de telefono donde uno puede acceder con el numero de caso o de residencia para ver si tiene una orden pendiente de deportacion, pero es seguro ese sistema?
Muchas Gracias, como siempre,
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| Usuario: roxanab | Hola soy argentina ,entre hace 5 años con visa de turista,me case con un cubano refugiado politico,tenemos un hijo y estamos esperando otro,a el le acava de llegar su residencia permanente.
Mi esposo entro en el año 1999,pero por diferentes motivos
no inicio los tramites de su residencia hasta hace dos años, yo quisiera saber si con su residencia puedo aplicar o tengo que esperar a que el se haga ciudadano,y si ese es el caso cuanto tiene que esperar el para aplicar para su ciudadania.
Muchas gracias por su ayuda!!
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| Usuario: marranos | roxanab
Gracias por su consulta. No entiendo si por desconocimiento o por que razon, ud. no aplico cuando el era refugiado politico (o comunmente llamada ley de ajuste cubano), dado que la ley americana la toma a ud, no siendo cubana, como tal, para el ajuste. Ahora tiene dos caminos.
A) Puede pedirla ahora como residente pero eso no le da ningun beneficio de inmigracion y puede tardar hasta 15 años.
B) Puede esperar que el se haga ciudadano, que son 5 años despues de que el se hizo residente, para que el la pida. La fecha a tomar en cuenta para los 5 años es la fecha en que su marido se haya hecho resindente. El ajuste con ciudadano es inmediato.
Suerte con el bebe!!
Marranos
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| Usuario: pandemonium7 | hola soy casado con una ciudadana americana por 3 anos y medio y quiero meter mis papeles de residencia alguien sabe cuanto tiempo tardan mas o menos en llegar gracias
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| Usuario: marranos | pandemonium7
Aproximadamente 6 meses sale la entrevista, dependiendo de tu estado de residencia y del volumen de trabajo que tenga inmigracion. Ahora, el tema es como entraste a los USA? con Visa o cruzando la frontera ilegalmente?
Marranos
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| Usuario: evelyn | Hola, soy Salvadorena, mi esposo es residente permanente, yo entre con una visa de turista pero el tiempo para permanecer aca se me vencio y no me regrese porque estaba embarazada.
Quisiera saber si mi esposo me puede pedir como relativa, y asi me puedan dar un permiso para estar aca, mientras el tramita su ciudadania, pues ahorita no lo hace porque tiene problemas de child support y para la ciudadania le preguntan sobre esto.
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| Usuario: marranos | Gracias por entrar y consultar al foro.
Evelyn
Le explico que como residente la puede pedir, pero lamentablemente esta sujeta a algo que se llama cupo inmigratorio, lo cual hara que ud. tenga que esperar, mientras su esposo sea residente, al menos 10 a 15 años para ajustar su status inmigratorio al de un residente legal y NO se le da un EAD o permiso de trabajo.
Tendria que esperar que su esposo se convierta en ciudadano (si es que puede hacerlo por lo que explico ud.) y de ahi seria un tramite casi inmediato, de aproximadamente 6 meses.
Suerte
Marranos
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| Usuario: xiode00 | mi pregunta es la siguiente yo conoci a mi esposo ciudadano mientras estaba de visita en EEUU y asi nos frecuentamos por dos anos y decidimos casarnos asi que entre con visa de turista y nos casamos pero en la cita de inmigracion me dijeron que tenia que haber entrado con visa de prometida asi que quebrantre la laey y que tenia que llenar otra aplicacion sino podia ser deportada? me dijeron que iban a mandar por correo las indicaciones y no he recibido nada pero han pasado solo 2 semanas mi pregunta es sera que tendre que aplicar a un perdon por que solo recuerdo que menciono una forma w o algo asi.
Xiode.
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| Usuario: marranos | Gracias por su consulta.... ahora suena un poco extraño eso que describe que le dijeron. Pese a estar en lo correcto, no se debe solicitar una VISA de visitante si se tiene la intencion de contraer matrimonio, es como una regulacion que normalmente no se le hace ningun tipo de problema ya que a prima facie esta todo en regla, es solo un cambio de status. Ahora cuando surgio todo este tema? en la entrevista? la unica forma de pedir un perdon es la forma I-212 y sirve solo cuando una persona fue deportada, lo cual ud. no fue. No se que decirle, tendria que desarrollar mas su caso por este medio para poder darle una respuesta mas cercana a la realidad o consultar a un abogado. Algo no suena bien.
Marranos
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| Usuario: xiode00 | gracias por su respuesta espero pronto recibir informacion sobre el caso por correo y dar mas datos, pero lo que entendi es que tenemos que llenar una aplicacion o algo asi. bueno espero tener noticias pronto gracias.
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| Usuario: lavidabella | Buenas tardes y gracias por la futura informacion , mi pregunta es la siguiente:
Puede una persona aplicar por la i140 sin estar amparado por la 245(i), y que pasaria si esa persona estubiese overstay?
Ya se hizo una el primer paso para comenzar una certificacion laboral fue recomendacion del abogado para adelantar camino. La dicha peticion fue aprobada
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| Usuario: tperedot | Hola!, Tengo la sgte consulta, viaje a Usa en Oct/2001 con visa de turista y me dieron estadia legal de 6 meses, pero me quede hasta Enero de 2005, durante esa temporada estuve trabajando bajo un SS falso y saque un ITIN para pagar mis impuestos, hoy los empleadores para quienes trabaje quieren ser mis sponsors, puedo aplicar para la visa H1B?, en que consisten las penalidades por estadía ilegal?, esata penalidad obstruiría que regrese nuevamente a USA como profesional?. Agradezco su colaboración.
Tania.
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| Usuario: marranos | Como poder se puede, pe
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